¿Despedir es un delito? El sesgo ideológico que también se enseña en las escuelas bonaerenses

Hace tiempo que vengo sosteniendo que el deterioro de la educación bonaerense no puede explicarse solamente por los resultados de las evaluaciones, la pérdida de días de clase, el ausentismo, la crisis de autoridad o la disminución progresiva de los niveles de exigencia.

Existe otra dimensión, menos visible pero igualmente importante: qué enseñamos y desde qué mirada decidimos hacerlo. Porque un sistema educativo no es neutral cuando selecciona contenidos. Mucho menos cuando elige las palabras con las que esos contenidos llegan a los estudiantes.

Un ejemplo concreto que observo en las asignaturas en las que tengo incumbencia como profesor en Ciencia Política permite comprenderlo:

«En el Diseño Curricular oficial de la materia Derecho de 5.º año de la orientación Economía y Administración de la escuela secundaria bonaerense aparece, dentro del estudio de la relación laboral, una expresión tan contundente como discutible desde el punto de vista doctrinario: “El despido como acto ilícito”.

No es una interpretación mía. No es una frase tomada de un manual particular ni la opinión de algún docente. Es el contenido establecido por el propio diseño curricular de la Provincia de Buenos Aires. Y ahí comienza el problema.

¿Despedir es ilícito?

Desde el Derecho del Trabajo existe una discusión doctrinaria acerca de la naturaleza jurídica del despido sin causa. Hay autores que lo caracterizan como un acto ilícito cuyos efectos son reparados mediante una indemnización y existen otras posiciones que entienden la ruptura unilateral del vínculo como un acto jurídicamente posible al cual el ordenamiento atribuye determinadas consecuencias económicas.

Precisamente por eso resulta llamativa la elección curricular.

Si existe una discusión jurídica,

¿Por qué la escuela bonaerense presenta una de esas interpretaciones directamente como contenido y no como una controversia doctrinaria que los alumnos deberían conocer, analizar y discutir?

La Ley de Contrato de Trabajo regula expresamente diferentes formas de extinción de la relación laboral y establece las consecuencias indemnizatorias correspondientes al despido sin justa causa. La existencia misma de un régimen indemnizatorio permite advertir que estamos frente a una cuestión jurídica bastante más compleja que la fórmula escolar “el despido como acto ilícito”.

Y esa diferencia no es menor cuando quien recibe el concepto tiene 16 o 17 años.

Un abogado, un especialista en Derecho Laboral o un estudiante universitario avanzado puede comprender perfectamente que la palabra “ilícito”, utilizada dentro de determinada construcción jurídica, no significa necesariamente “delito”.

Pero un adolescente no tiene por qué hacerlo.

En el lenguaje cotidiano, “ilícito” remite inmediatamente a algo ilegal, prohibido, incluso delictivo. Por eso la transposición didáctica resulta fundamental: no alcanza con que una expresión pueda defenderse dentro de determinada corriente doctrinaria; hay que preguntarse qué representación construye esa expresión cuando ingresa al aula.

El problema no es enseñar los derechos del trabajador

Conviene aclararlo porque cualquier discusión de este tipo suele quedar rápidamente atrapada en falsas dicotomías. La escuela tiene que enseñar los derechos laborales.

Tiene que enseñar el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, la protección contra el despido arbitrario, las indemnizaciones, las condiciones dignas de trabajo, la negociación colectiva, la seguridad social, la libertad sindical, el trabajo no registrado y las obligaciones de los empleadores.

Todo eso forma parte de la educación ciudadana.

Pero enseñar derechos laborales no obliga a presentar al empleador desde una perspectiva negativa ni al trabajador exclusivamente desde la lógica del conflicto.

También debería enseñarse qué significa crear una empresa, asumir riesgos, invertir capital, contratar personas, pagar salarios, afrontar cargas laborales e impositivas y sostener puestos de trabajo cuando la actividad económica cae.

Eso también forma parte del mundo laboral real. Y prácticamente no aparece con la misma intensidad.

¿Qué aprende un adolescente?

Imaginemos por un momento la escena dentro del aula: Un estudiante escribe en su carpeta: “El despido como acto ilícito”.

¿Qué representación del mundo laboral estamos construyendo? De un lado aparece el trabajador como sujeto al que el Derecho debe proteger. Del otro, el empleador como quien potencialmente vulnera esos derechos. Falta una parte de la realidad.

Ese empleador puede ser el dueño de una pequeña panadería con cuatro empleados. Puede ser una familia que sostiene un comercio. Puede ser un gastronómico que atravesó meses de baja actividad. Puede ser un emprendedor que hipotecó sus ahorros para abrir un negocio. Puede ser el propietario de una pyme que necesita reducir costos para evitar cerrar. Y puede ser también, por supuesto, un empresario que incumple la legislación laboral.

La realidad admite todas esas posibilidades. Una educación verdaderamente crítica debería enseñarlas todas. Ese es precisamente el punto.

Mar del Plata lo demuestra todos los días

La discusión adquiere todavía mayor relevancia cuando se observa desde una ciudad como Mar del Plata. Nuestra economía depende en buena medida del comercio, la gastronomía, el turismo, la hotelería, los servicios y miles de pequeñas y medianas empresas.

Detrás de cada persiana que se levanta existen trabajadores, pero también alguien que decidió invertir, asumir riesgos y generar actividad económica.

Quien alguna vez administró una pequeña empresa sabe además que despedir a una persona rara vez constituye una decisión sencilla. Tiene costos económicos, humanos y organizacionales. En determinados contextos puede incluso ser la última alternativa antes de comprometer la continuidad de toda la organización.

¿Puede existir un despido injustificado? Naturalmente. ¿Puede existir abuso empresario? También. ¿Existen trabajadores cuyos derechos son vulnerados? Sin ninguna duda. Pero ninguna de esas realidades autoriza a construir una representación simplificada según la cual en la relación laboral existe necesariamente un victimario de un lado y una víctima del otro.

El currículo también transmite una mirada del mundo

Aquí aparece una discusión educativa mucho más profunda.

Los diseños curriculares bonaerenses no solamente establecen qué conocimientos deben aprender los estudiantes. También seleccionan conceptos, autores, problemas y categorías desde las cuales interpretar la sociedad.

La propia Dirección General de Cultura y Educación reconoce que sus documentos curriculares poseen un sustento teórico, filosófico, epistemológico, ideológico y ético-político. Por eso resulta legítimo preguntarse cuál es esa mirada.

Cuando se analiza conjuntamente buena parte de los contenidos de materias como Derecho, Política y Ciudadanía o Trabajo y Ciudadanía, puede advertirse una fuerte presencia de categorías vinculadas con relaciones de poder, conflictos sociales, ampliación de derechos y luchas de trabajadores y otros actores colectivos.

Esos contenidos pueden y deben estudiarse. El problema aparece cuando una perspectiva ocupa prácticamente todo el escenario y las miradas alternativas quedan relegadas. Porque entonces dejamos de formar pensamiento crítico y comenzamos a orientar la interpretación.

Pensamiento crítico no significa enseñar qué pensar

He insistido durante años sobre esta cuestión. La función de la escuela no debería ser decirles a los jóvenes qué tienen que pensar, sino proporcionarles conocimientos suficientes para que puedan construir sus propias conclusiones.

Si existe una discusión doctrinaria sobre la naturaleza jurídica del despido, enseñemos la discusión. Presentemos las distintas posiciones. Expliquemos por qué algunos juristas consideran al despido sin causa un acto ilícito indemnizable y por qué otros lo interpretan como el ejercicio de una facultad extintiva sometida a consecuencias patrimoniales. Después permitamos que los estudiantes analicen.

Eso sería pensamiento crítico. Lo contrario consiste en seleccionar una interpretación, incorporarla al diseño curricular y presentarla como contenido objetivo.

Una escuela que también enseñe a producir

Existe además una deuda enorme de nuestro sistema educativo con la cultura emprendedora.

Durante años hablamos —correctamente— de derechos laborales. Pero hablamos mucho menos de generación de empleo. Enseñamos qué puede reclamar un trabajador, pero pocas veces enseñamos qué necesita una persona para convertirse en empleador.

¿Cuánto cuesta contratar? ¿Cómo funciona una pyme? ¿Qué impuestos paga? ¿Qué significa invertir? ¿Cómo se calcula un salario? ¿Qué riesgos asume quien abre un comercio? ¿Por qué algunas empresas crecen y otras desaparecen? ¿De dónde surge el dinero con el que finalmente se pagan los salarios?

La escuela debería permitir que un estudiante comprenda simultáneamente los derechos de quien trabaja y las dificultades de quien genera trabajo.

No se trata de reemplazar una ideología por otra. Se trata exactamente de lo contrario: sacar la ideología partidaria o sectorial del centro y volver a colocar allí el conocimiento.

Debería poder estudiar a Marx y también comprender cómo funciona una empresa. Analizar el conflicto social y estudiar la cooperación. Conocer la historia del movimiento obrero y entender el papel de la inversión, la productividad y la iniciativa privada. Eso es pluralidad.

Una pequeña frase que revela un problema mucho mayor

“El despido como acto ilícito” podría parecer apenas una línea perdida dentro de decenas de páginas de un diseño curricular. No lo es.

Las palabras importan porque construyen categorías desde las cuales después interpretamos la realidad. Y cuando esas palabras provienen del Estado y se convierten en contenidos obligatorios para miles de estudiantes, deberían ser elegidas con enorme responsabilidad.

La Provincia podría haber escrito: “El despido sin causa: distintas interpretaciones jurídicas, protección constitucional e indemnización”.

Podría haber presentado el debate. Eligió otra cosa. Y esa elección merece ser discutida. Porque una escuela que realmente pretende formar ciudadanos críticos no debería entregarles conclusiones terminadas. Debería darles conocimientos, mostrarles las controversias, enseñarles a argumentar y permitirles pensar.

Quizás allí radique una de las diferencias más profundas entre educar y adoctrinar.

La primera abre preguntas. Lo segundo ya tiene preparadas las respuestas.

Prof. Luis DISTEFANO

Director de www.profe.ar

@DistefanoLuis en X

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